|
EL ESTATUTO KROMOSOMÁTICO
Ante la situación que vivimos actualmente, y en previsión de conflictos más graves, los Kromosomos nos vemos en la obligación de proclamar nuestro propio Estatuto de Autonomía, que en breve haremos llegar a las autoridades competentes. En este caso los responsables del sanatorio mental donde estamos internados.
Les adjuntamos el texto integro aprobado el otro día por mayoría absoluta del único votante que participaba.
PREÁMBULO
El Kromoestatuto surge de un sentimiento latente en los Kromosomos de autodeterminación y de pertenencia a un sitio. No sabemos aun a cuál, pero estamos buscando. Ya hemos visto un pisito de soltero en Orcasitas.
SkS cree en que cada nación, pueblo, pedanía o lumpen debe tener su propio Estatuto, o en algunos casos hasta dos, si así lo desea su ciudadanía. Por ello, y en sintonía con aquellos que lo reivindican se elabora este texto social.
Se define la Nación Kromosomática, que será defendida con uñas y dientes hasta la muerte, o al menos hasta la emisión del siguiente capítulo de nuestra serie favorita.
ARTICULADO
Art. 1. Kromosomos es un ente con autonomía propia. De dos horas. Después la batería se apaga y debe recargarse.
Art. 2. Se establece Kromilandia como la tierra prometida, a la que llegaremos algún día y donde viviremos todos los Kromosomos, en algún punto de la Nacional A-504. La capital del estado se establece en Kromípolis.
Art. 3. Kromilandia establece como lengua oficial el suajili. Si no lo hablas malo, pero si lo hablas peor, por listillo.
Art. 4. La moneda oficial será el Kromeuro (KM€), que a efectos legales tendrá como referencia el valor del €uro, pero devaluado en un 50%
Art. 5. Se establece el derecho de los kromociudadanos a NO trabajar, pudiendo vivir del estado hasta que esto sea posible, eso sí con una subvención miserable. Además y como contraprestación, los individuos que no quieran trabajar deberán estar a disposición de cualquier otro ciudadano que sí trabaje para dejarse agredir como desfogue laboral. El sueldo mínimo interprofesional de Kromilandia sera de 3’5 KM€.
|
|
Estos se nos adelantan, tú.
|
Art. 6. La religión oficial de Kromilandia será la Davidiana, y reconocemos como líder de la misma a (D.E.P.) David Koresh. En base a esto, Kromipolis y Waco (Texas) son ciudades hermanas.
Art. 7. El poder estará dividido en trocitos para digerirlo mejor. Cada ciudadano kromo podrá comprar una de estas porciones de poder para manejarlo a su antojo, por el módico precio de 3.456.345 KM€.
Art. 8. Kromolandia facilitará a todos aquellos que lo deseen un kit de vivienda digna compuesto por carrito de supermercado, cartón de embalaje de frigorífico y orinal.
Art. 9. La financiación correrá a cargo de los ciudadanos Kromos, que deben abonar mensualmente un impuesto fijo de 1,200 KM€ en cheque bancario nominativo a favor de Starboy, Anerol, Viruete o David Kromosomo. No existen exenciones fiscales o deducciones.
Art. 10. Se establece un sistema de sufragio universal para la elección de los gobernantes, sin embargo quedan excluidos y sin derecho a voto los siguientes colectivos: taxistas, zurdos, trabajadores con contrato, jubilados, amas de casa, taxidermistas y presentadores de televisión.
Art. 11. Se garantiza la libertad de voto y la pluralidad ideológica-política con la existencia de un abanico político compuesto de un solo partido: el PKOE: La Party Kromosomática para Obreros y Empresarios. El resto de partidos políticos quedan ilegalizados.
|
|
Bueno, alégrate. Nos tocará después de Kromosomos y Albacete.
|
Art. 12. Se establecen diversos días festivos al año en los que se rendirá culto obligado a los siguientes dioses: Jesús Gil y Gil, Jaime de Mora y Aragón, el Pulga, el chofer de Dodi Al-Fayed y Pepe Isbert, entre otros. El calendario festivo será elaborado cada año de manera aleatoria.
Art. 13. Se prohibe que las calles de las capital Kromosomática lleven nombre de militares y políticos, cambiando estos por los de figuras de la cultura popular, no necesariamente muertas, p.e: Avenida de Luixy Toledo, Pasaje Torrebruno, Calle de Miliki, Glorieta del Payo Juan Manuel, Paseo de Musiquito, etc.
Art. 14. Queda sin efecto dentro del territorio Kromo la acción de la SGAE y similares, potenciando desde el Estado la copia y duplicación de cassettes, CDs y cualquier otro soporte magnético. Eso sí, las copias deben ser de buena calidad, en caso contrario el vendedor perderá su licencia y sufrirá como castigo la escucha de su CD mal grabado durante 100 veces consecutivas.
Art. 15. Sensibilizados ante el problema de la educación el Estado kromo facilitará sin coste alguno una tele y un video a cada ciudadano que deberán permanecer encendidos las 24 horas del día en cada domicilio.
Art. 16. Así mismo, se facilitara a cada kromo un tirachinas, una cerbatana fabricada con el tubo de un bolígrafo y un saco de arroz para que procedan a la defensa de la nación si esto fuera necesario.
Art. 17. Por último, se establece total impunidad e inmunidad diplomática para los miembros del gobierno Kromo, derecho extensible a todas las personas que el gobierno designe. Por supuesto, esta extensión puede ser retirada si el Estado lo cree conveniente.
DISPOSICIÓN FINAL
El Estatuto podrá ser modificado sin previo aviso y sin necesidad de trámite alguno.
Fdo: El Gobierno Kromo.
Freedom for Kromiland!
|